Por el cual se fijan las asignaciones y se determina el personal del Resguardo de la Aduana de Barranquilla, se aumenta un sueldo y se hacen unos nombramientos

Rango Decreto
Publicación 1928-05-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1o "Apartir del primero de mayo del corriente año, el personal de la Aduana de Barranquilla será el siguiente, con las asignaciones mensuales que se expresan:

Resguardo de Barranquilla.

Un Comandante con $250
Un Secretario, con 100
Doce cabos, cada uno a 75
Ciento veinticinco Guardas, cada uno a 60

Resguardo del Puerto de Colombia

Un comandante, con 200
Un Secretario, con 80
Seis Cabos, cada uno a 50
Cuarenta y seis Guardas, cada uno a 45
Artículo 2o A partir del primero de mayo del corriente añlo, auméntase en treinta pesos ($30) mensuales el sueldo del Almacenista de Especies de la primera Superintendencia Delegada de Miniterio de Hcianda y Crédito Público.
Artículo 3o Húcense los siguientes nombraminetos para la dependencia del Ministerio de Crédito Público:

Cajero de la Aduana de Cartagena, en remplazo del señor José María ObandoG, quien pasó a otro puesto, se nombra al señor Eudoro Duarte.

Pesador del Almacén de sales marítimas de Ocaña, puesto vacante, se nombra al señor Alejo Amaya.

Triplicador de la Sección de Encomiendas Postales del Exterior, en reemplazo de la señorita Rosa María Burgos, quien pasa a otro puesto, se nombra a la señorita Pepa Rojas.

Guarda de segurida clase de la misma Sección, en reemplazo del señor Ismael Zuñiga, se nombra la señorita Rosa María Burgos.

Comuniquese y públiquese

Dado en Bogotá a 4 de mayo de 1928

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Eseban JARAMILLO

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