Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970. (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional). por $ 900.000.00

Rango Decreto
Publicación 1970-06-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 21 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir, por Decreto, a partir del l9 de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento de los programas de inversión, y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 074 de 1970, el Gobierno Nacional declaró sobrante y, por lo tanto, disponible para ser contracreditada la cantidad de $ 900.000, en el Presupuesto de Gastos de la Rama Jurisdiccional, para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al presupuesto del Ministerio de Justicia;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 2 de 1970, por $ 900.000.00, para amparar la operación presupuestal de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

AQUÍ PDF PÁG 3

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

AQUÍ PDF PÁG 3

Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E, a 20 de mayo de 1970.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.