Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1989-04-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940,

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase el Acuerdo número 2 de 1989 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 2 DE 1989

(enero 26)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1°de julio de 1989 deberá dársele aplicación plena a los términos del precitado contrato, salvo en materias presupuestal y contable, las cuales empezarán a regir para la vigencia de 1990;

ACUERDA:

Artículo 1° Fíjase en la suma de quinientos dieciséis mil setecientos cincuenta millones de pesos ($ 516.750.000.000), moneda corriente, el presupuesto de ingresos y egresos del Fondo Nacional del Café para la vigencia de mil novecientos ochenta y nueve (1989) discriminado así:

INGRESOS INGRESOS
Ingresos por venta de café $ 362.104.600.000
Ingresos por impuestos y contribuciones 18.297.300.000
Ingresos financieros 48.975.700.000
Venta insumos provisión agrícola 25.658.000.000
Ingresos varios 701.000.000
Aporte entidades gremio cafetero Apoyo planes sociales del Gobierno 442.200.000
Variación del activo corriente 38.972.600.000
Vencimiento inversiones recursos Acuerdo enero 21/86 15.943.000.000
Otros recursos 5.655.600.000
--------
Total Ingresos $ 516.750.000.000
--------
EGRESOS EGRESOS
Compras de café $ 256.656.000.000
Gastos operación y comercialización Café en el interior y en el exterior 71.566.100.000
Impuesto ad valorem a pagar 16.977.900.000
Gastos financieros 15.364.200.000
Servicios prestados al Fondo Nacional del Café Por Federacafé. 26.164.993.000
Gastos campaña Roya 19.972.300.000
Gastos generales 1.838.637.000
Gastos varios 5.261.800.000
Costos insumos provisión agrícola 32.949.000.000
Gastos manejo insumos provisión Agrícola 6.840.000.000
Préstamos concedidos 1.282.300.000
Capitalización fondos rotatorios 25.389.800.000
Inversiones y reinversiones de dividendos en entidades filiales y otras sociedades 2.978.000.000
Inversiones en proyectos de mercadeo, agroindustria y diversificación cafetera 378.400.000
Construcción y adecuación edificios, bodegas y silos 1.306.170.000
Adquisición terrenos 234.000.000
Maquinaria y equipo 1.616.900.000
Disminución pasivos corrientes 9.600.000
Servicio de la deuda largo plazo 29.963.900.000
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Total Egresos 516.750.000.000
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Artículo 2° Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintiséis (26) días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve (1989).

El Presidente,

(Fdo.) RODRIGO OCAMPO OSPINA.

El Secretario,

(Fdo.) HERNANDO GALINDO MAYNE.

Articulo 2°. Este Decreto rige desde la fecha de publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1989.

Virgilio Barco

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

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