Por el cual se segregan unas Administraciones Subalternas de una Circunscripción Postal y se agregan a otra
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Segréganse de la Circunscripción Postal de Manizales las Administraciones Subalternas de Quibdó y Carmen, y agrégase a la de Medellín.
Artículo 2° Este Decreto regirá desde el 1° de julio del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de mayo de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.