Por el cual se concede una franquicia postal
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia postal por los correos nacionales de encomiendas, á las remesas de billetes deteriorados qué con destino al Ministerio del Tesoro remitan para el cambio los empleados de Hacienda de la Provincia de García Rovira.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 5 de Octubre de 1904.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
BONIFACIO VÉLEZ
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