Por el cual se adscriben las funciones de Médicos psiquiatras de los Juzgados de Menores a los Médicos antropólogos de los Reformatorios de Menores

Rango Decreto
Publicación 1938-06-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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Presidente de la República de Coloambia,

CONSIDERANDO:

DECRETA

Artículo 1° Desde el 1° del próximo mes de julio del presente año, adscríbense a los médicos de los Reformátorios o Casas de Menores fundadas y organizadas de acuerdo con la Ley 15 de 1923 y Decreto 1701 del mismo año, las funciones de médicos de los Juzgados de Menores.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de mayo de 1933.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

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