por el cual se adiciona la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse dentro de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, los siguientes cargos:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
| Número de cargos | Denominación del cargo | Nivel del cargo | Grado |
|---|---|---|---|
| 30 Treinta | Asesor Aeronáutico | 50 | 40 |
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 2063 del 21 de agosto de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de abril de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio J. Urdinola Uribe.
El Ministro de Transporte,
Rodrigo Marín Bernal.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Pablo Ariel Olarte Casallas.
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