por el cual se declara insubsistente lo dispuesto en el Decreto 198 de este año, sobre el Cuerpo de Zapadores número 4, y se reorganiza la media Compañía de Policía de la frontera de Arauca

Rango Decreto
Publicación 1916-05-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 100 de 1913,

decreta:

Artículo 1.° Declárase insubsistente lo dispuesto en el Decreto número 198, de 9 de febrero último, en cuanto al Cuerpo de Zapadores número 4.
Artículo 2.° Reorganízase la media Compañía de Policía de la frontera de Arauca, con el personal y las asignaciones mensuales siguientes:

Un Comandante, con ciento cuarenta pesos.

Un Teniente con cien pesos.

Un Sargento primero, con cuarenta pesos.

Dos Sargentos segundos, a treinta pesos.

Dos Cabos primeros, a veinticinco pesos.

Dos Cabos segundos, a veintidós pesos.

Un Corneta, con veintidós pesos.

Cuarenta Soldados, a veinte pesos.

Un Oficial de Sanidad, con cien pesos.

Un Contador, con cien pesos.

Artículo 3.° Los sueldos de que trata el artículo anterior quedan sujetos al descuento a que se refiere la Ley 87 de 1915.
Artículo 4.° Los gastos de material serán los siguientes, por mes:

Útiles de escritorio.

Para la media Compañía, cuatro pesos.

Para la Contaduría, tres pesos.

Alumbrado.

Para la Comandancia, dos pesos.

Para la media Compañía treinta pesos.

Para la Contaduría, dos pesos.

Jabón.

Para cuarenta y ocho individuos de tropa, a diez centavos por plaza, cuatro pesos con ochenta centavos.

Artículo 5.° La Unidad quedará a órdenes inmediatas del Comisario Especial de Arauca, en cuanto se refiere al servicio de policía.
Artículo 6.° Hácense los siguientes nombramientos de Oficiales para la media Compañía que se reorganiza :

Comandante, Capitán Juan de J. Villalobos.

Teniente, Martín Gómez.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de mayo de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Guerra, Salvador FRANCO.

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