Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1940-04-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que según consta en el oficio número 4084, de la Secretaría del Consejo de Ministros, esta entidad, en su sesión del día 17 de abril en curso, concedió al Ministerio de Hacienda la autorización necesaria para trasladar una suma dentro de sus apropiaciones.

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Cápitulo 26- Servicios de Aduanas.

Del capítulo 297. Para Comra de guardacostas y lanchas para el servicio de las Aduanas y Policía Fiscal. $10.000 $10.000
Al artículo 297 bis. Para la compra de vehículos terrestres para el servicio de las Aduanas y Policía Fiscal. $10.000 $10.000
Iguales $10.000 $10.000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de abril de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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