por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 5.146.000.00

Rango Decreto
Publicación 1969-06-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 35 de 1968, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto han estudiado y convenido distribuir la suma de $ 5.146.000.00, apropiada en el Capítulo 532. Programa 572, artículo 5455 del Presupuesto de la actual vigencia,

DECRETA:

Artículo 1º. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:

Presupuesto de Inversión

Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CAPITULO 532
Instituto Geográfico "Agustín Codazzi"
B) Programas de Inversión indirecta
Programa 572
Servicios Geodésicos. Apológicos, Cartográficos y Catastrales
580, 215. Artículo 5455. Servicios de Meteorología en conjunto con el Pondo Especial de las Naciones Unidas, mediante distribución, previo estudio del. Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General del Presupuesto y el Departamento Administrativo de Planeación $ 5.146.000
Que se distribuye, así:
Proyecto 1. Sueldos $ 1.850.000
Proyecto 2. Viáticos y gastos de viaje 270.000
Proyecto 3. Pago de Observadores 300.000
Proyecto 4. Compra de equipo 1.400.000
Proyecto 5. Materiales y papelería 600.000
Proyecto 6. Operación y mantenimiento de equipos 150.000
Proyecto 7. Gastos votos e imprevistos 50.000
Proyecto 8. Pondo del Ahorro 154.000
Proyecto 9. Caía de Previsión 92.000
Proyecto 10. Cuota Pondo Especial de las Naciones Unidas 280.000
Total $ 5.146.090
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de mayo de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

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