Por el cual se crean unos cargos en la Planta de Personal del Instituto Nacional de Salud
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 21 del artículo .120 de la Constitución Nacional y d acuerdo con los Decretos leyes números 1042, 419 y 3269 de 1979,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 002 de 1980 emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Salud, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 002 DE 1980
(enero 24)
por el cual se crean unos cargos en la Planta de Personal.
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo primero. Créanse en la Planta de Personal del Instituto Nacional de. Salud, establecida por el Decreto número 2737 de 1976, los siguientes cargos:
No. de Dependencia y denominación
cargos del empleo Código Grado
DIVISION LABORATORIO NACIONAL DE SALUD "SAMPER MARTINEZ
Sección de Análisis.
| No de cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 | Profesional Especializado | 3010 | 10 |
| 1 | . Profesional Especializado | 3010 | 9 |
| 3 | Profesional Especializado | 3010 | 8 |
| 8 | Profesional Universitario | 3020 | 8 |
| 1 | Secretario Ejecutivo | 540 | 11 |
| 1 | Auxiliar Administrativo | 2150 | 11 |
| 1 | Secretario | 6140 | 8 |
| 1 | Ayudante de Oficina | 5155 | 5 |
| 3 | Ayudante | 6025 | 5 |
| 3 | Auxiliar de Servicios Generales | 6035 | 3 |
Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere la a probación del Gobierno Nacional mediante1 decreto que llevará las firmas del Ministro de Salud, del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y del Ministro de Hacienda y Crédito Público, como certificación; de que existe apropiación presupuestal para, atender su costo.
Comuníquese y cúmplase.
Dado, en Bogotá, D. E. a los 24 días del mes de enero de 1980. (Fdo.), Alfonso Jaramillo Salazar, Presidente de la junta Directiva. (Fdo.), Hermes González Orozco, Secretario».
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de abril de 1980.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Jaime García Parra.
El Ministro de Salud,
Alfonso Jaramillo Salazar.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Artilla.
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