por el cual se crean dos Oficinas en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Créanse las Oficinas Postales y Telegraficas de Coyaima (Departamento del Tolima), y Tadó (Departamento del Cauca), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
Coyaima.
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 22
Un Cartero, con 3
Tadó
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 50
Un Cartero, con……. 5
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de septiembre de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de gobierno,
PEDRO M CARREÑO
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