por el cual se aprueba un Acuerdo de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

Rango Decreto
Publicación 1987-05-07
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 19 del Decreto 2342 de 1971,

DECRETA:

ARTICULO 1º Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 009 de 1987, por el cual se modifica la Estructura Orgánica de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y se fijan las funciones de sus dependencias.

"ACUERDO NUMERO 009 DE 1987

(febrero 25)

por el cual se modifica la Estructura Orgánica de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y se fijan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

Acuerda:

CAPITULO I

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

Artículo 1° La Estructura Orgánica de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, será la siguiente:

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES

Artículo 2°La Junta Directiva y el Director General cumplirán las funciones establecidas para ellos en los Estatutos de la Caja y demás disposiciones legales vigentes.

OFICINA JURIDICA

Artículo 3°Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes:

OFICINA DE PLANEACION

Artículo 4° Son funciones de la Oficina de Planeación las siguientes:

OFICINA DE AUDITORIA INTERNA

Artículo 5°Son funciones de la Oficina de Auditoría Interna, las siguientes:

5- Evaluar programas específico y desarrollar los sistemas de Auditoría especiales que disponga la Dirección.

SUBDIRECCION DE PRESTACIONES SOCIALES

Artículo 6° Son funciones de la Subdirección de Prestaciones Sociales las siguientes:

SECCION DE EXPEDIENTES

Artículo 7° Son funciones de la Sección de Expedientes las siguientes:

SECCION DE RECONOCIMIENTO DE PRESTACIONES SOCIALES

Artículo 8° Son funciones de la Sección de Reconocimiento de Prestaciones Sociales las siguientes:

SECCION DE CREDITOS, EMBARGOS Y LIBRANZAS

Artículo 9° Son funciones de la Sección de Créditos, Embargos y Libranzas las siguientes:

SECCION DE LIQUIDACION Y CONTROL DE NOMINA

Artículo 10. Son funciones de la Sección de Liquidación y Control de Nómina las siguientes:

SUBDIRECCION DE OPERACIONES

Artículo 11. Son funciones de la Subdirección de Operaciones las siguientes:

SECCION DE CONTRATACION DE SERVICIOS Y COBRANZAS

Artículo 12. Son funciones de la Sección de Contratación de Servicios y Cobranzas las siguientes:

6.Coordinar con las Secciones de Contabilidad y Tesorería la información sobre pagos.

7.Revisar las consignaciones que, a nombre de la Caja y por concepto de arrendamientos, hagan algunos arrendatarios en bancos e Informar de cualquier situación de mora.

SECCION DE RESIDENCIAS

Artículo 13. Son funciones de la Sección de Residencias las siguientes:

SECCION DE OFICINAS Y LOCALES COMERCIALES

Artículo 14. Son funciones de la Sección de Oficinas y Locales Comerciales las siguientes:

SECCION PARQUEADERO

Artículo 15. Son funciones de la Sección de parqueadero las siguientes:

SUBDIRECCION FINANCIERA

Artículo 16. Son funciones de la Subdirección Financiera las siguientes:

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.