Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública

Rango Decreto
Publicación 1996-05-07
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública:
Número de empleos Denominación del empleo Código Grado
Planta globalizada Planta globalizada Planta globalizada Planta globalizada
2 Jefe de División 2040 22
2 Jefe de División 2040 20
1 Profesional Especializado 3010 16
1 Profesional Especializado 3010 14
2 Profesional Universitario 3020 12
1 Profesional Universitario 3020 10
6 Profesional Universitario 3020 08
1 Profesional Universitario 3020 06
2 Técnico Administrativo 4065 11
2-1 Secretario Ejecutivo 5040 13
1-1 Asistente Administrativo 4140 12
Artículo 2º. Créanse los siguientes empleos en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública:
Número de empleos Denominación del empleo Código Grado
Planta globalizada Planta globalizada Planta globalizada Planta globalizada
2 Asesor 1020 16
1 Asesor 1020 08
Planta globalizada Planta globalizada Planta globalizada Planta globalizada
4 Jefe de División 2040 25
1 Profesional Especializado 3010 20
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 435 de 1993, 125 de 1994, 1066 de 1995 y 319 de 1996.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.