Por el cual se crea un Circuito de Notaría y Registro
El Presidente de la República de Colombia.
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el Circuito de Notaría y Registro de Girardota, en el Departamento de Antioquia, compuesto de los Municipios de Barbosa, Copacabana, Don Matías y Girardota, que será su cabecera.
Artículo 2°. El presente Decreto regirá desde esta fecha.
Comuníquese y, publíquese.
Dado en Bogotá, á 11 de Julio de 1907.
R. REYES
El Ministro de Gobierno.
- D. EUCLIDES DE ANGULO
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