Por el cual se crean unos puestos en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo 1.° Créanse dos plazas más de Ayudantes en la Oficina Telegráfica de Salamina (Departamento de Caldas ), y una en la de Buenaventura, con las mismas asignaciones de las de su clase en esas Oficinas.
Artículo 2.° Mientras dura la situación de recargo motivada polla guerra europea, créase una plaza provisional de Copista en la última Oficina nombrada, con la asignación, mensual de $ 40.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de agosto de 1914.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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