Por el cual se suprimen dos puestos en la Policía Nacional y se adscriben a la sección 8a - Fronteras- las funciones de la Jefatura de la 9a División
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Suprímese desde el primero de febrero entrante el puesto de Jefe de la 9a División de la Policía Nacional, y adscríbense las funciones de éste al Jefe Central de Fronteras, a cuyas órdenes pasarán el Secretario y el Escribiente.
Artículo 2° Suprímese también, desde la misma fecha, el puesto de Comisario de segunda clase de la Sección 1s de la Guardia Civil de Gendarmería, acantonada en Bogotá.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1923.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, José Ulises OSORIO.
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