Por medio del cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas

Rango Decreto
Publicación 1985-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120 ordinal 22 y 205 de la Constitución Nacional, en, desarrollo de lo previsto en la Ley 6º de 1971, y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,

DECRETA:

Artículo 1° Fíjanse los siguientes gravámenes a las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indican:

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