Por el cual se adiciona el Decreto número 2272 de 1947 (julio 10)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que por la alta calidad y la necesidad constante de la asesoría al Ministerio de Educación Nacional por parle del Consejo Superior Permanente del ramo conviene prevenir la ausencia ocasional simultánea de uno o más de sus actuales Vocales, titulares o suplentes;
- 2° Que la continuidad de la obra educativa y cultural a través de los sucesivos periodos ministeriales representa un factor valioso para el mayor beneficio de la labor asesora del Consejo Superior,
DECRETA:
Artículo 1° Para llenar las ausencias temporales a que, por razón de su ministerio diocesano, se vea obligado el vocero titular del Episcopado, Monseñor Luis Pérez Hernández así como para llenar las de su suplente, Monseñor Félix Henao Botero, residente en Medellin, designados ambos por Decreto número 2272 de 1947 (julio 10), nómbrase para el mismo periodo a Monseñor José Vicente Castro Silva, miembro supernumerario del Consejo Superior Permanente de Educación Nacional.
Artículo 2° Igualmente y por derecho propio será miembro supernumerario del Consejo Superior el ex-Ministro inmediato antecesor del que se encuentre en ejercicio de la Cartera de Educación Nacional. En consecuencia, designase al señor doctor Eduardo Zuleta Angel miembro del Consejo Superior Permanente de Educación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de marzo de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Educación Nacional,
Joaquín ESTRADA MONSALVE
Digitó: CC1.023.904.092
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