Por el cual se hace una aclaración al Decreto número 66 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Aclárase el artículo 1° del Decreto número 66 del presente año, en el sentido de que la cantidad apropiada en el parágrafo 41, de la Agrupación Ejército, comprende el pago de las diferencias a favor de la Caja de Sueldos de Retiro en los años de 1936 y 1937.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 21 de abril de 1937.
ALFONSO LOPEZ
Ministro de Guerra.
Alberto PUMAREJO
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