Por el cual se autoriza una emisión de sellos postales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Autorízase el Ministerio de Correos y Telégrafos para lanzar a la circulación la emisión de estampillas postales comunes pedidas a la American Bank Note, de los Estados Unidos, para el servicio del presente año, así:
| 7.000.000 | estampillas de | $ | 0.01, | color verde: "Retrato del Libertador," |
|---|---|---|---|---|
| 3.000.000 | estampillas de | $ | 0.02, | color rojo: "Petroleras. |
| 18.000.000 | estampillas de | $ | 0.05, | color sepia: "Café suave." |
| 100.000 | estampillas de | $ | 0.08, | color rojo: "Tabaco." |
| 2.000.000 | estampillas de | $ | 0.10, | color amarillo: "Minas de oro." |
| 500.000 | estampillas de | $ | 0.15, | color azul: Escudo de Colombia." |
| 800.000 | estampillas de | $ | 0.20, | color gris; "Cristóbal Colón." |
| 100.000 | estampillas de | $ | 1.00, | color gris: "Sucre." |
| 500.000 | estampillas de | $ | 0.05, | color rojo: "Cruz Roja." |
Parágrafo. Estas estampillas tendrán valor postal por tiempo indefinido, y se pondrán en circulación a medida que se vayan agitando las que se tienen ahora en venta de los mismos valores y diseños.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de abril de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA D'COSTA
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