Por el cual se autoriza una emisión de sellos postales

Rango Decreto
Publicación 1940-04-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Autorízase el Ministerio de Correos y Telégrafos para lanzar a la circulación la emisión de estampillas postales comunes pedidas a la American Bank Note, de los Estados Unidos, para el servicio del presente año, así:
7.000.000 estampillas de $ 0.01, color verde: "Retrato del Libertador,"
3.000.000 estampillas de $ 0.02, color rojo: "Petroleras.
18.000.000 estampillas de $ 0.05, color sepia: "Café suave."
100.000 estampillas de $ 0.08, color rojo: "Tabaco."
2.000.000 estampillas de $ 0.10, color amarillo: "Minas de oro."
500.000 estampillas de $ 0.15, color azul: Escudo de Colombia."
800.000 estampillas de $ 0.20, color gris; "Cristóbal Colón."
100.000 estampillas de $ 1.00, color gris: "Sucre."
500.000 estampillas de $ 0.05, color rojo: "Cruz Roja."

Parágrafo. Estas estampillas tendrán valor postal por tiempo indefinido, y se pondrán en circulación a medida que se vayan agitando las que se tienen ahora en venta de los mismos valores y diseños.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

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