por el cual se dicta una providencia en el ramo del Impuesto sobre la Renta
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La Junta Municipal del Impuesto sobre la Renta de la ciudad de Santa Marta se compondrá del Jefe de Impuestos, el Síndico Inspector y el Agente Especial de Impuestos creado por el Decreto número 747, de 25 de abril último.
En estos términos se reforma el artículo 10 del Decreto número 513 de este año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
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