Por el cual se dictan varias medidas relacionadas con algunas carreteras nacionales del Departamento Norte de Santander

Rango Decreto
Publicación 1948-03-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo primero. Incorpóranse a la Zona de Carreteras Nacionales de Pamplona las siguientes vías, con el fin de que dicha Zona lleve a cabo los trabajos de adiciones y mejoras y sostenimiento de las mismas, a saber: la comprendida entre Salazar y Puente Gómez y la que va de La Donjuana a "El Diamante" pasando por Chinacota.
Artículo segundo. También formará parte de la Zona de carreteras de Pamplona la vía que debe comunicar la población de Cucutilla con la carretera Bucaramanga-Pamplona.

Parágrafo. La dirección y administración de los trabajos de estudios y proyectos y construcción de la carretera a que se refiere el presente artículo estarán al cuidado del personal superior de la Zona de Carreteras precitada y se llevarán a cabo de acuerdo con la partida que se apropie para ellos en el Presupuesto Nacional de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de marzo de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

Digitó: CC1.023.904.092

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