Por el cual se adiciona el Decreto-ley 1042 de 1978

Rango Decreto
Publicación 1986-01-11
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986,

DECRETA:

Artículo 1º Adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el articulo 23 del Decreto - ley 1042 de 1978, así:
DENOMINACION CODIGO GRADO DE REMUNERACION
Consejero del Consejo Superior del Servicio Civil 1007 04
Artículo 2ºAdiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 25 del Decreto - ley 1042 de 1978, así:
DENOMINACION CODIGO GRADO DE REMUNERACION
Profesional Especializado 3010 13
Profesional Universitario 3020 08
Investigador Científico 3000 15
16
Artículo 3ºAdicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 26 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
DENOMINACION CODIGO GRADO DE REMUNERACION
Técnico en Plantas Móviles y Microcentrales Eléctricas 4082 11
12
Capitán de Draga 4090 09
10
Articulo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de enero de 1986

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejia.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladen.

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