Por el cual se suprimen varios empleos y se reorganiza una Oficina en el Ramo telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1°. Suprímese la plaza de Ayudante de cada una de las Oficinas telegráficas de Facatativá, Los Santos, Labranza grande, La Plata y Ríosucio; una en cada una de las Oficinas de Magangué y Salazar; dos en la de Honda, y la de segundo Telegrafista de la de Zapatoca.
Artículo 2°. Reorganízase la Oficina telegráfica de Cartago con el siguiente personal:
Un Telegrafista Jefe;
Un Telegrafista Subjefe;
Siete Ayudantes primeros;
Dos Ayudantes segundos;
Un Oficial de recibo;
Un copista, y
Un Cartero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 8 de Agosto de 1908.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- m. VARGAS
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