POR EL CUAL SE CREA LA ESTAFETA POSTAL DE SABANA DE TORRES, EN EL DEPARTAMENTO DE SANTANDER DEL SUR
El presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Créase la estafeta postal de Sabana de Torres, en el Departamento de Santander del Sur, dependiente de la Administración Principal de Correos de Bucaramanga, con el siguiente personal y asignaciones:
Un Administrador, con veinte pesos ($ 20) de sueldo mensual.
Para útiles de escritorio; dos pesos ($ 2).
Artículo 2° Nómbrase a la señora Elisa de Mora para desempeñar el puesto de Administradora de Correos de Sabana de Torres, que se crea por, el artículo anterior.
Artículo 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la partida del artículo 684, capítulo 55, del presupuesto de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá a 24 de mayo de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos, y Telégrafos,
Ismael Enrique ARCINIEGAS
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