Por el cual se ordena el aumento de unos sueldos
El Presidente de la Republica de Colombia.
en uso de sus facultades legales, y
considerando
1.° Que el Ingeniero en Jefe de la Comisión que estudia el trazado del ferrocarril de Cúcuta al río Magdalena, ha solicitado del Gobierno, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, que se aumenten los sueldos del primero y segundo Ayudantes de la Comisión Técnica que está a su cargo;
2.° Que el Gobierno Nacional, en atención al recargo de trabajo que tienen dichos Ayudantes, que están desempeñando funciones propias de segundo Jefe; a lo apartado de la región donde se verifican los trabajos, y consiguiente dificultad para la consecución de víveres, la carestía de éstos, y a lo mal sano, del clima en que se adelantan los trabajos, ha hallado justa la petición que formula el Jefe de la nombrada Comisión;
3.° Que análogas consideraciones a las que preceden pueden hacerse respecto de los Ayudantes que prestan sus servicios en la Comisión Técnica que estudia el trazado del ferrocarril que comunique el Océano Pacífico con un punto conveniente del río Putumayo, y pase por Pasto,
decreta:
Artículo único. Elévanse a ciento ochenta y ciento sesenta pesos oro mensuales, los sueldos de los Ayudantes primero y segundo de las Comisiones Técnicas que estudian los trazados de los ferrocarriles de Cúcuta al río Magdalena, y de Pasto al Pacífico.
Parágrafo. Tales sueldos empezarán a devengarse desde el día 1.° de octubre próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 30 de septiembre ele 1913.
CARLOS E. RESTREPO.
El Ministro de Obras Públicas,
simon A.RAUJO.
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