Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para 1971
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto número 2450 de dicíembre'14 de 1970, adicionó el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas en la cantidad de veintinueve millones de pesos ($ 29.000.000.00) moneda corriente, para la construcción de caminos vecinales, con base en parte del empréstito número 237 SF/CO del Banco Interamericano de Desarrollo "BID";
Que de conformidad con disposiciones legales vigentes dicha partida se debe incorporara 'presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para 1971, por cuanto en la vigencia de 1970 no se alcanzó a incorporar, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º. Adicionase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para 1971, en la cantidad de veintinueve millones de pesos ($ 29.000.000.00) moneda corriente, de acuerdo con el siguiente detalle:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 33336 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 6.
Ingresos no tributarios Aportes. Numeral 5. Aporte del Gobierno Nacional Ministerio de Obras Públicas con recursos del crédito externo (Banco Interamericano de Desarrollo B I D) $ 29.000.000.00.
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adicionase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1971, en la cantidad de veintinueve millones de pesos ($ 29.000.000.00) moneda corriente, según la siguiente distribución:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 33336 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 6.
Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de mayo de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patino Rosselli. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Duran Quintero.
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