Por el cual se deroga el artículo 3o del Decreto número 2191 del año pasado y el Decreto número 56 de 15 de enero del año en curso, y se reforman los números 47 de 1909 y 157 de 1916

Rango Decreto
Publicación 1932-05-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 4
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el inciso 3° del artículo 7° de la Ley número 78 de 1930, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Restablécese la explotación de las fuentes saladas de Mongua y Gámeza.

Artículo 2° Desde la fecha de este Decreto en adelante los derechos de cada arroba de sal que elaboren los particulares en las Salinas de Mongua y Gámeza, Chámeza y Recetor y Chita y Muneque, serán:

En Gualivito $ 0 37
En Cocuachó 0 34
En Recetor 0 31
En Mongua, Gámeza y Sisbaca 0 27
En Chita y Muneque 0 31

Artículo 3° El precio de la sal menuda y los residuos salitrosos que se den a la venta de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del Decreto número 157 de 1916, será también de $ 0-31.

En estos términos quedan reformados los Decretos números 47 de 1909 y 157 de 1916. Deróganse el artículo 3° del Decreto número 2191 del año pasado, y el 56, de enero del año en curso.

Artículo 4° Este Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de mayo de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.