por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
que por medio del Decreto número 679 de mayo 3 de 1969, fue adicionado al presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Obras Públicas, con destino al Fondo Vial Nacional, artículo 6370-C 6370-D, 6370-E y 6370-F, en la cantidad de setenta y cinco millones de pesos moneda corriente ($ 75.000.000.00),
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la actual vigencia fiscal en la suma de setenta y cinco millones de pesos ($ 75:000.000.00), según el siguiente detalle:
| Presupuesto de Ingresos. | |
|---|---|
| Ingresos no tributarios. | |
| Aportes. | |
| Numeral 2. Aporte del Gobierno Nacional - Ministerio de Obras Públicas con recursos ordinarios | $ 75.000.000 |
| Suma el recurso | $ 75.000.000 |
| Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase las apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1969, «n la suma de setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000.00), distribuida en la siguiente forma: | |
| --- | --- |
| Inversión Directa. | |
| Programa 03 | |
| Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales. | |
| Artículo 03. Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales (sueldos, jornales y gastos) | $ 35.000.000 |
| Total programa 03 | $ 35.000.000 |
| Programa 04 | |
| Construcción de carreteras troncales. | |
| Artículo 06. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Occidental Proyecto 8. Cali-Puerto Isaccs | $ 3.600.000 |
| Artículo 07. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Central | |
| Proyecto 7. Piedecuesta-Bucaramanga Café Madrid | 2.000.000 |
| Artículo 09. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Central del Norte. | |
| Proyecto 2. Tunja-Duitama | 5.200.00C |
| Artículo 11. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Panamericana. | |
| Proyecto 5. Fontibón-Bogotá | 5.000.000 |
| Total programa 04 | $ 15.800.000 |
| Programa 06. | |
| Construcción de otras carreteras. | |
| Artículo 19. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras | $ 19.200.000 |
| Proyecto 50. Defensa de las Playas de Cartagena y Avenida Santander | 5.700.000 |
| Proyecto 62. Vías Turísticas de Boyacá | 11.500.000 |
| Proyecto 65. Estudios, rectificación y pavimentación de carreteras nacionales en la ciudad de Pasto | 2.000.000 |
| Total programa 06 | $ 19.200.000 |
| Programa 07 | |
| Obras hidráulicas. | |
| Artículo 20. Estudios, construcción y regularización de obras hidráulicas. | |
| Proyecto 1. Estudios, servicios, regularización del río Magdalena y canales, operación de dragas y transbordadores, defensa de puertos fluviales y poblaciones ribereñas, reconstrucción y compra de equipo | 5.000.000 |
| Total programa 07 | $ 5.000.000 |
| Suman los créditos | $ 75.000.000 |
Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese. Dado en Bogotá, D. E., a 26 de mayo de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas, Bernardo Garcés Córdoba.
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