por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia

Rango Decreto
Publicación 1969-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

que por medio del Decreto número 679 de mayo 3 de 1969, fue adicionado al presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Obras Públicas, con destino al Fondo Vial Nacional, artículo 6370-C 6370-D, 6370-E y 6370-F, en la cantidad de setenta y cinco millones de pesos moneda corriente ($ 75.000.000.00),

DECRETA:

Artículo 1º. Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la actual vigencia fiscal en la suma de setenta y cinco millones de pesos ($ 75:000.000.00), según el siguiente detalle:
Presupuesto de Ingresos.
Ingresos no tributarios.
Aportes.
Numeral 2. Aporte del Gobierno Nacional - Ministerio de Obras Públicas con recursos ordinarios $ 75.000.000
Suma el recurso $ 75.000.000
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase las apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1969, «n la suma de setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000.00), distribuida en la siguiente forma:
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Inversión Directa.
Programa 03
Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales.
Artículo 03. Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales (sueldos, jornales y gastos) $ 35.000.000
Total programa 03 $ 35.000.000
Programa 04
Construcción de carreteras troncales.
Artículo 06. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Occidental Proyecto 8. Cali-Puerto Isaccs $ 3.600.000
Artículo 07. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Central
Proyecto 7. Piedecuesta-Bucaramanga Café Madrid 2.000.000
Artículo 09. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Central del Norte.
Proyecto 2. Tunja-Duitama 5.200.00C
Artículo 11. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Panamericana.
Proyecto 5. Fontibón-Bogotá 5.000.000
Total programa 04 $ 15.800.000
Programa 06.
Construcción de otras carreteras.
Artículo 19. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras $ 19.200.000
Proyecto 50. Defensa de las Playas de Cartagena y Avenida Santander 5.700.000
Proyecto 62. Vías Turísticas de Boyacá 11.500.000
Proyecto 65. Estudios, rectificación y pavimentación de carreteras nacionales en la ciudad de Pasto 2.000.000
Total programa 06 $ 19.200.000
Programa 07
Obras hidráulicas.
Artículo 20. Estudios, construcción y regularización de obras hidráulicas.
Proyecto 1. Estudios, servicios, regularización del río Magdalena y canales, operación de dragas y transbordadores, defensa de puertos fluviales y poblaciones ribereñas, reconstrucción y compra de equipo 5.000.000
Total programa 07 $ 5.000.000
Suman los créditos $ 75.000.000
Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese. Dado en Bogotá, D. E., a 26 de mayo de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas, Bernardo Garcés Córdoba.

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