Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se fijan unas asignaciones en la nómina nacional

Rango Decreto
Publicación 1955-04-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y de las que le confiere el Decreto legislativo número 1600 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. A partir de la fecha de este Decreto, suprímense los siguientes cargos:

Presidencia de la República.

1 Secretario General del Comité Nacional de Plantación y del Consejo Nacional de Economía (Decreto 3695 de 1954) con sueldo mensual de $ 2.000.00

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Gabinete del Ministro.

1 Secretario Auxiliar, con sueldo mensual de $ 1.200.00
1 Secretario Privado con sueldo mensual de 700.00
1 Mecanotaquígrafa con sueldo mensual de 350.00
Artículo segundo. Créanse desde la misma fecha los cargos siguientes con las asignaciones mensuales que se fijan a continuación:

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Gabinete del Ministro.

1 Secretaria Privada del Ministro 450.00
1 Mensajero 180.00

Secretaría Económica.

1 Secretario Económico y del Consejo Nacional de Economía 2.000.00
1 Oficial Mayor 700.00
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de marzo de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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