Por el cual se ordena publicar la edición oficial del Código de Comercio, revisada y corregida por el Honorable Consejo de Estado

Rango Decreto
Publicación 1971-06-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y,

CONSIDERANDO:

Que con base en el artículo 28 de la Ley 167 de 1941, el Gobierno Nacional dispuso someter a la revisión del Honorable Consejo de Estado la edición oficial del - Código de Comercio (Decreto-ley 410 de 1971), con el fin de corregir dicha edición, la ordenación numérica de su articulado y las citas legales que contiene el mencionado estatuto;

Que mediante Oficio número 070 de mayo 14 del corriente año, el Honorable Consejo de Estado devolvió al Ministerio de Justicia el ejemplar que se le remitió del Decreto-ley 410 de 1971, con las correcciones pertinentes o errores de mecanografía, de citas legales y ordenación del articulado; Que por virtud de la revisión hecha por el Honorable Consejo de Estado se comprobó que, debido a un error de mecanografía, aparecen repetidos los textos, de los artículos 476 y 491 en los artículos 490 y 498, respectivamente, y, en consecuencia, la citada Corporación considera que deben suprimirse los textos repetidos por razones de método y claridad;

Que al hacer la supresión de los dos artículos repetidos se altera la numeración del articulado y de las citas légales,

DECRETA:

Artículo 1º. Al hacer la publicación oficial del Código de Comercio (Decreto-Ley 410 de 1971), se le harán al citado Decreto las correcciones de los errores de mecanografía y de citas legales, así como en la ordenación y numeración, de su articulado, que fueron dispuestos por el Honorable Consejo de Estado, con base en la facultad que le confiere el artículo 28 de la Ley 167 de 1941. •
Artículo 2º. Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de mayo de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Justicia, Miguel Escobar Méndez.

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