Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente (Fuerza de Policía)

Rango Decreto
Publicación 1956-05-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad VI con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto ele Gastos vigente
FUERZAS DE POLICIA
CAPITULO 182
Sección de Sanidad i Asistencia,
Del artículo 1809. Para pagar los sueldos del personal de la Sección, de Sanidad, y de enfermos de lepra, en el año $ 46.200.00
Suma el contracrédito. $ 46.200.00
CAPITULO 182
Sección de Sanidad y Asistencia
001.Al artículo l810 Para el dígito de Primas de Actividad Alojamiento Profesional de Matrimonio y de Servicio, en los términos de la ley, en la presente vigencia y anteriores $ 46.200.00
Suma el crédito $ 46.200.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
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Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 12 de abril de 1956.

Gral jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel Paris

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