Por el cual se distribuyen unas partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, para unos Colegios de Bachillerato

Rango Decreto
Publicación 1953-04-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia.

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo primero. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Académico de Cartago (Valle), se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
a). Capítulo 90, artículo 937. Mensual Total Total
Sueldos en tres (3) meses, enero, febrero y marzo 19.770.00 19.770.00
Sueldos en 9 meses, abril a diciembre, así:
Rector $ 600.00 5.400.00 5.400.00
Vicerrecetor 400.00 3.600.00 3.600.00
Secretario Habilitador 300.00 2.700.00 2.700.00
1 Profesor-Director de Grupo 350.00 3.150.00 3.150.00
14 Profesores-Directores de Grupo, a $ 300.00 cada uno 4.200.00 27.800.00 27.800.00
Capellán-Profesor 300.00 2.700.00 2.700.00
Bibliotecario-Ayudante de Secretaría 160.00 1.440.00 1.440.00
Médico 120.00 1.080.00 1.080.00
Odontólogo 109,00 900,00 900,00
Portero 30,00 720.00 720.00
Para Profesorado Externo, a $ 3.50 la hora de clase 1.020.00 1.020.00
Total $ 6.610.00 80.250.00 80.250.00
b) Capítulo 90, artículo 938.
Alimentación en 10 meses, enero a julio y octubre a diciembre:
De 20 empleados internos a $ 50.00 cada uno 1.000.00 10.000.00 10.000.00
De 30 alumnos becados a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 15.000.00
Del servicio doméstico 200.00 2.000.00 2.000.00
Alimentación del personal que por razón de sus cargos deben permanecer en el plantel en la época de vacaciones 125.09 250.00 250.00
Enero a diciembre:
Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, servicios sociales y domésticos, dotación en general y demás gastos de sostenimiento del Colegio 15.750.00 15.750.00
Total $ 43.000.00 43.000.00
Artículo segundo. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Nacional José Eusebio Caro, de Ocaña, se- distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: Artículo segundo. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Nacional José Eusebio Caro, de Ocaña, se- distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: Artículo segundo. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Nacional José Eusebio Caro, de Ocaña, se- distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: Artículo segundo. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Nacional José Eusebio Caro, de Ocaña, se- distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: Artículo segundo. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Colegio Nacional José Eusebio Caro, de Ocaña, se- distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
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a ). Capítulo 90, artículo 941 Mensual Total
Sueldos en enero $ 4.755.00
Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre:
Rector $ 600.00 6.600.00 6.600.00
Vicerrector 400.00 4.400.00 4.400.00
Secretario Habilitado 300.00 3.300.00 3.300.00
4 Directores de Grupo, a $ 350.00. cada uno 1.400.00 15.400.00 15.400.00
7. Directores de grupo, a $ 300.00 cada uno 2.100.00 23.100.00 23.100.00
Mecanógrafa 120.00 1.320.00 1.320.00
Bibliotecaria 120.00 1.320.00 1.320.00
Médico 120.00 1.320,00 1.320,00
Para Profesorado Externo, a $ 3.50 hora de clase 1.375.00 1.375.00
Total $ 5.160.00 62.890.00 62.890.00
b), Capítulo 90, artículo 942.
Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre:
De 15 empleados internos a $50.00 cada uno 750.00 7.500.00 7.500.00
De 50 alumnos becados, a $ 50.00 cada uno 2.500.00 25.000.00 25.000.00
Alimentación del personal que por razón de sus cargos debe permanecer en el Colegio en la época de vacaciones
De 50 alumnos becados, a $ 50.00 cada uno 250.00 500.03 500.03
Enero a diciembre:
Para servicios, de energía, agua, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, reparaciones locativas, deportes, mobiliario, biblioteca y demás gastos del Instituto
Enero a diciembre:
Para servicios, de energía, agua, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, reparaciones locativas, deportes, mobiliario, biblioteca y demás gastos del Instituto 14.000.00
Total $ 47.000.00 47.000.00

Parágrafo. La partida de $ 9.000.00 que debe aportar el Departamento de Norte de Santander para el sostenimiento del Colegio Nacional José Eusebio Caro, de Ocaña, según contrato de nacionalización del mencionado establecimiento, será distribuida por resolución del Ministerio, destinándola a cubrir los demí.s gastos de sostenimiento del plantel.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de marzo de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

El Ministro de Educación Nacional,

Lucio Pabón Nuñez

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