por medio del cual se crea un Consulado Honorario y se hace uña designación en el Servicio Exterior

Rango Decreto
Publicación 2013-01-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 aprobatoria de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y el Decreto número 2243 del 31 de octubre de 2012, por el cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias y el servicio consular honorario de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que el Embajador de Colombia ante el gobierno de India ha solicitado la apertura de un Consulado Honorario de Colombia en Bombay, por la necesidad de fortalecer el nivel de Representación Diplomática en ese país y para mejorar la atención a los colombianos que residen en esa región.

Que como candidato para ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Bombay, la Embajada de Colombia en India ha propuesto al señor Pradip Pranjivan Madhavji, ciudadano indio y empresario de amplia trayectoria y reconocida reputación quien ha presentado la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos establecidos por el Decreto número 2243 de 2012.

Que es facultad del Gobierno Nacional regular el servicio consular honorario y hacer los nombramientos que se requieran de conformidad con lo normado en el Decreto número 2243 de 2012 que reglamente la materia, y con lo autorizado por la Ley 17 de 1971 aprobatoria de la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares.

DECRETA:

Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de Colombia en Bombay, estado de Maharastra, en la República de India con circunscripción en todo el Estado en mención.
Artículo 2°. Créase el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Bombay, Estado de Maharastra en la República de India, con la circunscripción ya indicada en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 3°. Desígnase al señor Pradip Pranjivan Madhavji como Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Bombay, Estado de Maharastra en la República de India.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Ángela Holguín Cuéllar.

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