Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Carreteras)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto suprímense los cargos de Laboratoristas de las carreteras La Pintada-Yarumal y Manizales-Cartago, creados por Decreto 550 de 1948.
Comuníquese y publíquese.
Dado, en Bogotá a 17 de abril de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva
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