por el cual se modifica la Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

Rango Decreto
Publicación 2004-03-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4° del Decreto 1790 de 2000,

DECRETA:

Articulo 1°. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2004 (marzo-mayo) queda constituida de la siguiente manera:
Artículo 2°. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia 2004 (junio-agosto) queda constituida de la siguiente manera:
Artículo 3°. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia 2004 (septiembre-noviembre) queda constituida de la siguiente manera:
Artículo 4°. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares a partir del 1° de diciembre de 2004 queda constituida de la siguiente manera:
Artículo 5°. Con el propósito de hacer viable la ejecución de las plantas de personal propuestas, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto-ley 1790 de 2000, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignada s a la Institución.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 737 del 25 de marzo de 2003 y todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de marzo de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Defensa Nacional,

Jorge Alberto Uribe Echavarría.

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