Por el cual se autoriza al Ministerio de Guerra para determinar la distribución de unas partidas del Presupuesto del Ministerio

Rango Decreto
Publicación 1922-06-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus facultades, y

teniendo en cuenta:

Que existen en vigencia decretos ejecutivos por los cuales se determina la distribución de ciertas partidas que la liquidación del Presupuesto asigna en conjunto para la atención de algunos servicios del ramo de Guerra, siendo potestativo de los Ministros del Despacho Ejecutivo disponer, en su carácter de entidades administrativas, la inversión de las sumas que el Presupuesto general de gastos consulta cada ramo de la Administración Pública, con sujeción a las disposiciones legales sobre la materia,

decreta:

Artículo único. Autorízase al Ministerio de Guerra para determinar la distribución e inversión de las partidas que la liquidación del Presupuesto general de gastos de la Nación, asigna a dicho Ministerio en conjunto para la atención de algunos servicios del Ejército.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de junio de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Guerra, Aristóbulo ARCHILA.

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