Por el cual se aumentan unas asignaciones y se modifica el Decreto número 498, de 28 de febrero de 1945

Rango Decreto
Publicación 1945-04-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que las asignaciones vigentes para los Recaudadores de Hacienda Nacional de Pamplona y Ocaña, no corresponden ni a los niveles de costo de la vida en aquellas, ciudades, ni a las delicadas y múltiples funciones adscritas a dichos cargos;

Que por virtud de lo dispuesto por el articulo 10 de la Ley 7.8 de 1935, el Gobierno tiene facultad para fijar l a s asignaciones de los empleados de Hacienda Nacional, dentro de los límites de la partida total apropiada en el Presupuestó para el personal del Ministerio de Hacienda y de las Oficinas de las Administraciones, de Hacienda Nacional de los Departamentos;

Que existe la posibilidad de atender al aumento de las asignaciones de los Recaudadores de Hacienda Nacional mencionados, dentro de los limites del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

DECRETA:

Articulo 1° A partir del 1° de abril en curso, las asignaciones de los Recaudadores de Hacienda Nacional de Pamplona y Ocaña, serán de $ 170 y $ 140, respectivamente:
Articulo 2° Modificase el Decreto número 498, de fecha 28 de febrero de 1945, en el sentido de reajustar las clasificaciones y asignaciones de las siguientes Racaudaciones de Hacienda Nacional de Norte de Santander, de acuerdo con el cuadro definitivo enviado por la Administración de Hacienda de dicho Departamento, y a partir del 1° de abril, y que bajan asi:
Segundo Grupo. Segundo Grupo. Segundo Grupo.
Arboledas $ 110.00
Tercer Grupos Tercer Grupos Tercer Grupos
Salazar 100.00
El Carmen 100.00
Gramalote 100.00
Cuarto Grupo.
Convención 95.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de abril de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

Carlos S. DE SANTAMARIA

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