Por el cual se suprime un empleo, se crea otro y se aumentan dos asignaciones en el ramo de correos, sin erogación alguna para el Erario
se aumentan dos asignaciones en el ramo de correos,
sin erogación alguna para el Erario.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO.
que se ha solicitado la supresión del empleo de Contador de la Agencia Postal Nacional do Barranquilla y la creación, en lugar de este puesto, del de Tenedor de Libros ;
Que el Oficial de encomiendas postales de la oficina nombrada tiene un trabajo considerable que atender, y que la asignación de que disfruta nó guarda proporción con las labores que desempeña, y
Que en el mismo caso se halla el encargado del expendio de especies postales de la prenombrada Agencia Postal Nacional de Barranquilla,
decreta
Artículo 1.° Suprímese, á contar del 1.° de Octubre próximo, el empileo de Contador de la Agencia Postal Nacional de Barranquilla, y se crea eu so lugar el de Tenedor de Libros, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30) oro.
Artículo 2 ° Fíjanse, á partir de la fecha citada, en setenta pesos ($ 70) y cuarenta y dos pesos ($ 42) las asignaciones mensuales del Oficial de en comiendas postales y del Expendedor de especies postales de la mencionada Agencia, respectivamente.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá-á 11 de Septiembre de 1911
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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