Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1932-05-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confieren las Leyes 99 y 119 de 1931, y

CONSIDERANDO

Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 10 de los corrientes, autorizó al Ministerio de Obras Públicas para trasladar la suma de $ 140,419-47, del capítulo 75, artículo 618, de la Ley, de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, a otros capítulos y artículos de la misma Ley,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase la suma de $ 140,419-47, del capítulo 75, artículo 618, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, a los siguientes capítulos y artículos:
Al capítulo 61, artículo 488, para conservación, de carreteras nacionales (con destino a la extracción de derrumbes de la Carretera Central del Norte, sector de Tipacoque , y a la zona de Bogotá) $ 40,419 47
AI capítulo 62, artículo .491, para construcción de edificio en la capital (con destino a la obra del Instituto Técnico Central, hoy Facultad de Ingeniería) 40,000
Al capítulo 63, artículo 502 A, para auxiliar al acueducto de Girárdót 10,000
Al capítulo 63, artículo 502 B, para auxiliar la pavimentación de la carrera 13, de Bogotá 25,000
Al capítulo 64, artículo 512 A, para las obras públicas de la Intendencia del Amazonas 15,000
Al capítulo 74, artículo 617, parágrafo 8°, para el edificio nacional de Bucaramanga 10,000
Suman los traslados $ 140,419 47

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de mayo de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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