Por el cual se aprueba el Reglamento de dotaciones de guerra

Rango Decreto
Publicación 1911-09-16
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el Reglamento de dotaciones de guerra, expedido en esta fecha por el Ministerio del ramo.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá á 11 de Septiembre de 1911

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Guerra,

Mariano OSPINA V.

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