Por el cual se distribuye una partida entre las Escuelas de Sericicultura de Bucaramanga y Guateque
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. LA partida de $3,600, que fue trasladada del presupuesto del MInisterio de Educaión Nacional al de Industrias, por medio del Decreto número 645 de 13 de abril del presente año, se distribuye en la forma siguiente:
$2,000 para auxiliar la Escuela de Sericicultura de Bucaramanga, y $1,600 para aumentar la partida votada en la Ley de Apropiaciones de la actual vigencia para la Escuela de Sericicultura de Guateque.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de mayo de 1928
MIGUEL ABADIA MENDEZ
EL Ministerio de Industrias,
José Antonio MONTALVO
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