Por el cual se crea en la Policía Nacional una Sección destinada a la vigilancia del camino nacional de occidente de Boyacá

Rango Decreto
Publicación 1929-05-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo 5° de la Ley. 18 de 1928,

DECRETA:

Artículo 1° Créase en la División de Vélez de la Policía Nacional, una Sección con el personal y las asignaciones mensuales que se expresan, para la vigilancia del camino nacional de occidente de Boyacá:
Un Agente de primera clase, a $ 70
Cuatro Agentes de segunda clase, a $ 65 cada uno 260
Artículo 2° Las partidas para atender a los gastos de sueldos, vestuario, alojamiento y sanidad del personal, se imputarán, al capítulo 77, artículo 1853, del Presupuesto para el presente año.
Artículo 3° Para los efectos del pago de sueldos y del suministro del vestuario y demás equipos, se procederá como se dispone en el Decreto número 442 del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de mayo de 1929.

MIGUEL ABADÍA MENDEZ

El Ministro de Gobierno,

Gabriel RODRIGUEZ DIAGO

El Ministro de Obras Públicas,

Arturo HERNANDEZ C.

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