Por el cual se modifica el Decreto número 559 de abril 3 de 1974

Rango Decreto
Publicación 1974-06-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de La República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 1º del Decreto 559 de abril 3 de 1974, en el sentido de que la participación del Instituto de Mercadeo Agropecuario (Idema), como accionista de la Compañía Colombiana de Mercadeo de Ganado y Carne S. A. (Comegan), pueda ser inferior al 80% del capital suscrito y pagado.
Artículo 2º Autorízase al Instituto de Mercadeo Agropecuario (Idema), para que venda la totalidad o parte de las acciones que posee en la compañía de Mercadeo de Ganado Carne S. A. (Comegan), a los Comités de Ganaderos, o a las entidades gremiales que, a nivel departamental, intendencial o comisarial, actúen en representación de los ganaderos de dichas entidades territoriales.

Se entiende que tiene esta representación la agremiación regional de ganaderos sin ánimo de lucro afiliada a la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegan), si la hubiere; en defecto de ésta, la que haya inscrito en Comegan el mayor número de cabezas de ganado; y en defecto de ambas, las que tengan el mayor número de afiliados.

La venta de las acciones del Idema a las entidades gremiales a que se refiere el presente artículo se hará en proporción a la población ganadera que cada una de ellas represente, de acuerdo con los datos del Plan Bovino.

Artículo 3º Los estatutos de la Compañía Colombiana de Mercadeo de Ganado y Carne, S.A. (Comegan), determinarán la forma de composición de su Junta Directiva.
Artículo 4º Deróganse los artículos 2º, 3º y 6º del Decreto 559 de 1974.
Artículo 5º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1974.

misael pastrana borrero

Hernán Vallejo Mejía, Ministro de Agricultura.

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