por el cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1996-05-14
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímanse de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los siguientes cargos:

A. De la Dirección Superior

Número de cargos Denominación del cargo Código Grado
01 Asesor 1020 09
01 Asesor 1020 05
01 Secretario Ejecutivo 5040 16
01 Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 25
B. De la Dirección General del Presupuesto Nacional B. De la Dirección General del Presupuesto Nacional B. De la Dirección General del Presupuesto Nacional B. De la Dirección General del Presupuesto Nacional
05 Profesional Universitario 3020 10
01 Profesional Especializado 3010 14
01 Profesional Especializado 3010 19
C. De la Dirección General del Tesoro Nacional C. De la Dirección General del Tesoro Nacional C. De la Dirección General del Tesoro Nacional C. De la Dirección General del Tesoro Nacional
01 Asesor 1020 04
01 Profesional Especializado 3010 15
01 Profesional Especializado 3010 16
D. De la Dirección General de Crédito Público D. De la Dirección General de Crédito Público D. De la Dirección General de Crédito Público D. De la Dirección General de Crédito Público
01 Asesor 1020 01
01 Asesor 1020 02
01 Asesor 1020 05
E. De la Dirección General de Apoyo Fiscal E. De la Dirección General de Apoyo Fiscal E. De la Dirección General de Apoyo Fiscal E. De la Dirección General de Apoyo Fiscal
01 Asesor 1020 10
01 Profesional Especializado 3010 18
01 Profesional Universitario 3020 08
01 Coordinador 5005 23
F. De la Dirección General de Contabilidad Pública F. De la Dirección General de Contabilidad Pública F. De la Dirección General de Contabilidad Pública F. De la Dirección General de Contabilidad Pública
01 Asesor 1020 10
01 Profesional Especializado 3010 14
01 Secretario Ejecutivo 5040 16
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal de la Secretaría Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos:
Número de cargos Denominación del cargo Código Grado
01 Profesional Universitario 3020 06
02 Profesional Universitario 3020 04
02 Técnico Profesional 4175 08
05 Técnico Administrativo 4065 05
06 Técnico Administrativo 4065 06
04 Técnico Administrativo 4065 07
10 Técnico Administrativo 4065 09
01 Técnico Administrativo 4065 11
01 Secretario 5140 06
06 Secretario 5140 08
01 Auxiliar Administrativo 5120 05
29 Auxiliar Administrativo 5120 07
01 Auxiliar Administrativo 5120 16
04 Auxiliar de Servicios Generales 5335 05
02 Auxiliar de Servicios Generales 5335 11
01 Coordinador 5005 22
02 Coordinador 5005 21
Artículo 3º. Los cargos creados por el artículo segundo del presente acto, sólo podrán ser provistos en primera instancia con las ordenes Judiciales de reintegro, que a la fecha de publicación del presente Decreto se encuentren tramitadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Parágrafo. En caso de que algunos de los beneficiarios del reintegro judicial, no acepten los nombramientos que se realicen, los cargos creados podrán proveerse en la forma prevista por la ley.

Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase

Dado en Santafé de Bogotá D.C., a los -9 de mayo de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

Ministro de Hacienda y Crédito Público

Guillermo Perry Rubio.

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública

Edgar Alfonso González Salas.

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