Por el cual se restablece una oficina
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Restablécese la Oficina Telegráfica y Postal de Ortega (Departamento del Tolima), con el siguiente personal y asignaciones mensuales:
| Un telegrafista Jefe | $ | 1,600 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 200 | |
| Para útiles de escritorio de correos | 30 |
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 4 de Septiembre de 1903
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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