Por el cual se hacen algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1935-06-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 del mes en curso, conceptuó favorablemente sobre las solicitudes presentadas por el Ministerio de Obras Públicas y el Departamento Nacional de Higiene, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1935, de conformidad con los artículos 32 y 33 de la Ley 64 de 1931,

DECRETA:

Artículo 1 Hácense en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas para el presente año, los siguientes traslados:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 56

Conservación y construcción de carreteras nacionales.
Del artículo 256 A. Para la construcción, de la carretera Bucaramanga-Pamplona $ 60,000
Al artículo 256 B. Para dar cumplimiento al contrato sobre la construcción de la carretera del Noroeste, en el Departamento-de Santander. $ 60,000
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Sumas iguales $ 60,000 60,000
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Artículo 2º Hácense en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene los siguientes traslados:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE

Capítulo 63.

Personal y Material. Personal y Material. Personal y Material. Personal y Material.
Del artículo 294. Para la campaña contra la toxicomanía, visitas de inspección sanitaria, aislamiento de enfermos, pago de pensiones hospitalarias y demás gastos $ 2,000
Del artículo 295. Para la profilaxis y lucha contra las enfermedades venéreas 3,000
Del artículo 297. Para sueldos del personal y material de la protección de la infancia 5,000.
Al artículo 291. Par-a la campaña contra el paludismo, el pian, la amibiasis, fiebre amarilla y demás endemias tropicales y pago de los sueldos del personal necesario $ 10,000
Sumas iguales $ 10,000 10,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de mayo de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Guillermo LONDOÑO MEJIA

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