Por el cual se dictan medidas para mantener el orden público en el territorio nacional
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, y
considerando:
Que en las ciudades de Bogotá, Cúcuta, Cartagena, Pasto, Popayán, Barranquilia y otras capitales de Departamentos y ciudades de la República, se han presentado graves trastornos de la normalidad, manifestaciones subversivas y desconocimiento de la autoridad;
Que. en la ciudad de Pasto se han presentado en el día de hoy gravísimos desórdenes ataques al Ejército Nacional, a los cuarteles, a la Gobernación, a la Policía, a las carceles, a las propiedades privadas y alos particulares por turbas desenfrenadas con el pretexto de solidarizarse con movimientos de estudiantes;
Que las Cámaras Legislativas han manifestado en proposiciones aprobadas el día de ayer la necesidad de "reprimir los movimientos que vayan contra la tranquilidad y la seguridad sociales", a propósito de los. hechos ocurridos en Bogotá y otras ciudades;
Que es un deber del Gobierno Nacional adoptar las medidas indispensables para garantizar la tranquilidad pública, proteger a los ciudadanos en su vida, honra y bienes, y mantener el orden en el territorio nacional,
decreta:
Artículo 1° Prohibense hasta nueva orden las manifestaciones populares de cualquier índole en el territorio nacional.
Artículo 2° Prohíbese la transmisión de cualquier género de noticias relacionadas con el orden público por las estaciones radiodifusoras en todo el territorio nacional.
Artículo 3° Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios, Alcaldes y Corregidores, tomarán las medidas que autorizan las leyes para evitar la turbación del; orden público
Artículo 4° Los Gobernadores procederán a imponer las sanciones del caso a quienes violen lo dispuesto en el artículo 2°, y podrán ordenar la clausura de las estaciones radiodifusoras que no lo obedezcan.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 12 de mayo de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno, Alberto LLERAS CAMARGO-El Ministro de Guerra, Alberto PUMAREJO-El Ministro de Correos y Telégrafos, Nicolás LLINAS VEGA.
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