Por el cual se crea una Administración subalterna de Hacienda Nacional en la Ciénaga (Estado de Magdalena)
(Estado de Magdalena)
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
Visto el último inciso del artículo 529 del Código Fiscal (lei 106 de 1873);
DECRETA:
Art. 1.° Créase una Administracion subalterna de Hacienda nacional en la Ciénaga, Estado del Magdalena, dependiendo de la principal de Santamarta.
Art. 2.° El Administrador gozará de la asignacion anual de ciento cuarenta i cuatro pesos, imputables al Departamento de correos, capítulo 1.º artículo 11, del Presupuesto en curso.
Parágrafo. El Director jeneral de correos que da encargado de la ejecucion de este decreto.
Dado en Bogotá, a 7 de marzo de 1874
- M. MURILLO.
El Secretario de Guerra i Marina,
Medardo Rivas.
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